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Fecha de Publicación: | 2020-05-08 |
Fuente: | Diario Oficial El Peruano |
Organismo: | Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR |
Lima, 7 de mayo del 2020
VISTO, el Informe Técnico N° 045-MINCETUR/VMT/DGPDT/DNCT-RLB y el Informe Legal N° 034-MINCETUR/VMT/DGPDT/DNCT-RGC emitidos por la Dirección de Normatividad y Calidad TurÃstica de la Dirección General de PolÃticas de Desarrollo TurÃstico y el Memorándum Nº 415-2020-MINCETUR/VMT del Viceministerio de Turismo; y
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo 080-2020-PCM se aprueba la reanudación de actividades económicas en forma gradual y progresiva dentro del marco de la declaratoria de Emergencia Sanitaria Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del COVID-19;
Que, el artÃculo 3 del mencionado Decreto Supremo, dispone que los sectores competentes de cada actividad, teniendo en cuenta los "Lineamientos para la vigilancia de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID-19", aprobados por Resolución Ministerial N° 239-2020-MINSA, aprueban mediante Resolución Ministerial y publican en su portal institucional, los Protocolos Sanitarios Sectoriales, en un plazo máximo de cinco (5) dÃas calendario contados a partir de la entrada en vigencia del citado Decreto Supremo;
Que, a través de los informes de visto, se propone y sustenta, en el marco de lo establecido en el Decreto Supremo N° 080-2020-PCM, la necesidad de emitir la Resolución Ministerial que aprueba el Protocolo Sanitario Sectorial para hoteles categorizados, el cual cuenta además con opinión del Ministerio de Salud a través del Informe Técnico N° 026-2020-DEMYPT-CENSOPAS/INS del Instituto Nacional de Salud, por lo que resulta pertinente emitir el acto resolutivo correspondiente; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, asà como el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR y sus modificatorias, asà como el Decreto Supremo 080-2020-PCM;
SE RESUELVE:
Aprobar el Protocolo Sanitario Sectorial ante el COVID-19 para hoteles categorizados, el que como anexo forma parte de la presente Resolución Ministerial.
El Protocolo Sanitario Sectorial aprobado por el artÃculo 1 de la presente Resolución Ministerial es de aplicación complementaria a los "Lineamientos para la vigilancia de la Salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID-19", aprobados por Resolución Ministerial N° 239-2020-MINSA.
Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano" y del Protocolo Sanitario aprobado por el artÃculo 1 en el Portal Web Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur).
RegÃstrese, comunÃquese y publÃquese.
EDGAR M. VASQUEZ VELA
Ministro de Comercio Exterior y Turismo
VER: Protocolo Sanitario Sectorial ante el COVID-19 para hoteles categorizados (No se publicó en el Diario Oficial El Peruano - se obtuvo en www.gob.pe/mincetur - fecha de consulta 11.05.2020)