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Fecha de Publicación: 2020-10-08
Fuente: Diario Oficial El Peruano
Organismo: Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - OSINERGMIN

Aprueban el "Procedimiento Especial para la Selección y Contratación de Empresas Supervisoras para los Programas de Supervisión 2020"

Resolución de Consejo Directivo Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería OSINERGMIN 159-2020-OS/CD


Lima, 8 de octubre de 2020

CONSIDERANDO:

Que, conforme lo dispone el artículo 4 de la Ley N° 27699, Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de Osinergmin, y en el artículo 5 de la Ley N° 28964, Ley que transfiere competencias de supervisión y fiscalización de las actividades mineras a Osinergmin, las funciones de supervisión, supervisión específica y fiscalización atribuidas a este organismo pueden ser ejercidas a través de empresas supervisoras;

Que, asimismo, las referidas normas establecen que las empresas supervisoras son personas naturales o jurídicas debidamente calificadas y clasificadas por Osinergmin, cuya contratación se realiza considerando las disposiciones expresamente aprobadas por el Consejo Directivo;

Que, mediante Resolución N° 037-2016-OS/CD y modificatorias, el Consejo Directivo aprobó la "Directiva para la Selección y Contratación de Empresas Supervisoras", la cual rige entre otros aspectos, la selección, contratación y ejecución de los servicios de las Empresas Supervisoras (en adelante la Directiva);

Que, a consecuencia de la pandemia actual ocasionada por el COVID-19, mediante Decreto Supremo N° 008-2020-SA, se declaró la Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario y, mediante Decreto Supremo N° 044-2020-PCM se declaró el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de quince (15) días calendario plazo que viene siendo prorrogado. Asimismo, se dispuso el aislamiento social obligatorio (cuarentena), disposición que se mantiene de forma focalizada y por regiones;

Que, el estado de emergencia sanitaria a nivel nacional, la cuarentena general y luego focalizada, y la reactivación por etapas de los sectores económicos, ha conllevado a un justificado contratiempo en la convocatoria a procesos de selección de Empresas Supervisoras que pone en riesgo la continuidad de las labores supervisoras de Osinergmin, así como el cumplimiento de los Programas de Supervisión 2020 de las áreas solicitantes; por lo que corresponde atender esta situación con una medida excepcional y transitoria aprobando un procedimiento especial para la selección y contratación de Empresas Supervisoras;

Que, considerando que la disposición materia de la presente resolución se encuentra únicamente relacionada a la variación de los aspectos necesarios para optimizar los recursos de Osinergmin y asegurar la continuidad de su labor supervisora; no corresponde su publicación para recibir comentarios. Sin perjuicio de ello, con la finalidad de contribuir a la transparencia de las contrataciones de empresas supervisoras, se dispone su publicación en el diario oficial El Peruano y en el portal institucional de Osinergmin, a fin de que sea de conocimiento público;

Con la conformidad de la Gerencia General y la Gerencia de Asesoría Jurídica, y estando a lo aprobado por el Consejo Directivo en la Sesión N° 37-2020 en el marco de lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 4 de la Ley N° 27699;

SE RESUELVE:


Artículo 1.-

Aprobar el "Procedimiento Especial para la Selección y Contratación de Empresas Supervisoras para los Programas de Supervisión 2020", que en Anexo 1 forma parte de la presente resolución.


Artículo 2.-

Los contratos que se celebren como consecuencia del presente procedimiento aprobado en el artículo 1 tendrán el plazo máximo de ejecución hasta el 31 de diciembre de 2020.


Artículo 3.-

Disponer que el documento aprobado en el artículo 1 de la presente resolución entre en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano y resulte aplicable para todos los procesos de selección que se convoquen a partir del día siguiente de dicha publicación.


Artículo 4.-
Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el portal institucional de Osinergmin (www.osinergmin.gob.pe).


ANTONIO ANGULO ZAMBRANO

Presidente del Consejo Directivo (e)

Osinergmin