El Registro de Entidades Autorizadas para la Elaboración de Estudios Ambientales (EA) es un instrumento del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), que asegura la idoneidad en la prestación de los servicios de elaboración de los estudios ambientales para proyectos de inversión que así lo requieran.
Los estudios ambientales referidos deben ser elaborados por consultoras ambientales inscritas en el Registro Nacional de Consultoras Ambientales.
Conozca los requisitos para poder inscribirse y realizar estudios ambientales y los alcances y obligaciones que generan.
INSCRIPCION EN EL REGISTRO
La inscripción en el Registro se rige por criterios multidisciplinarios y de especialización.
Toda entidad* debe acreditar la solvencia técnica suficiente para la elaboración de los estudios ambientales materia de su solicitud.
(*) Personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras domiciliadas en el país, constituidas bajo cualquier régimen legal, que solicite su inscripción en el registro.
EL Servicio Nacional de Certificación Ambiental para la Inversiones Sostenibles – SENACE tiene a su cargo el establecimiento, administración y conducción del Registro.
Los sectores a los que se puede solicitar la inscripción en el Registro son:
- AGRICULTURA
- COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
- DEFENSA
- ENERGIA Y MINAS
- PRODUCCION
- TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
- SALUD
- VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
El procedimiento se inicia con la solicitud de inscripción acompañada de otra documentación.
La evaluación de la solicitud de inscripción, consiste en la calificación legal y técnica poniendo especial énfasis en la especialización del equipo profesional multidisciplinario.
La conformación mínima del equipo profesional multidisciplinario será determinada por SENACE.
La evaluación de la solicitud de inscripción podría incluir una visita a las instalaciones de la entidad solicitante, a fin de verificar el equipamiento que garantice la solvencia técnica suficiente para elaborar estudios ambientales en el marco del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental – SEIA.
ELABORACION DE ESTUDIOS AMBIENTALES
Con la Resolución que otorga la inscripción en el Registro las entidades podrán elaborar estudios ambientales sobre proyectos de inversión correspondientes a los Sectores en los que se encuentren inscritas y autorizadas.
Las entidades autorizadas son responsables por el contenido del estudio ambiental en su integridad, así como por la idoneidad de los métodos y herramientas utilizadas para su elaboración.
Las entidades autorizadas se encuentran sujetas a las siguientes obligaciones:
- Brindar información veraz, confiable, actualizada y técnicamente sustentada en los estudios ambientales que elabore, para efectos de asegurar su calidad.
- Actuar con probidad en los procedimientos administrativos en los que actúen coadyuvando con la responsabilidad del Titular del proyecto.
- Indicar las fuentes de información utilizadas en el desarrollo de los estudios cuya elaboración se encuentre a su cargo.
Los estudios ambientales, anexos y la documentación complementaria, debe encontrarse suscrita por el titular del proyecto de inversión, el representante legal y los profesionales de las entidades responsables de su elaboración.
Recuerde que:
- La vigencia de la inscripción en el Registro es de 03 años.
- Las consultoras ambientales autorizadas que durante la vigencia de su inscripción modifiquen sus estatutos sociales, domicilio, equipo profesional multidisciplinario o cualquier otro dato declarado o inscrito en el Registro, están en la obligación de solicitar la actualización correspondiente, en un plazo no mayor de treinta 30 días hábiles.
- Las consultoras ambientales deben brindar capacitación permanente a los profesionales integrantes de los equipos multidisciplinarios.
- Las consultoras ambientales deben incorporar sistemas de gestión de la calidad de sus procesos.
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