El RENOCC es un registro administrativo de ámbito nacional donde se inscriben las obras de construcción civil que se ejecutan en el territorio nacional.
El día de hoy se ha publicado el Reglamento del Registro Nacional de Obras de Construcción Civil – RENOCC, aplicable para las obras de construcción civil públicas o privadas cuyos costos individuales exceden las 50 UIT; este registro es gratuito y se realiza sólo una vez, asignándose un número de registro único con el cual se identifica hasta su finalización, por lo que deberá efectuarse de la siguiente manera:
- La inscripción de la obra, a cargo de la persona natural o jurídica que es propietaria de la obra privada o que es titular de licencia de edificación, de licencia de habilitación urbana, o de autorización en el caso de obras privadas, y de la contratista en el caso de obras públicas.
- Se realiza mediante el aplicativo informático, es de aprobación automática, dentro 5 días hábiles siguientes al inicio de la ejecución de la obra de construcción civil.
- Se debe proporcionar información sobre el tipo de obra, su denominación, el lugar de ejecución, precisando si involucra uno o más distritos, la fecha de inicio de ejecución y fecha estimada de término, además de información personal del responsable de obra, así como el RUC, DNI de los titulares, y la identificación de la contratista en obras privadas, o subcontratista en obras públicas, que participan en la ejecución de la obra. Finalmente, la cantidad estimada de trabajadores que laborarán en la obra.
Obligaciones:
- Declarar su participación en la ejecución de la obra, dentro de los primeros 5 días hábiles siguientes al inicio de la ejecución de su participación.
- Actualizar trimestralmente la información de la obra inscrita en el RENOCC, informando sobre la nómina de trabajadores de construcción civil comprendidos en el trimestre inmediato anterior, precisando su DNI, nombre, ocupación, fecha de inicio y, de ser el caso, fecha de cese. La actualización se efectúa dentro de los 5 primeros días hábiles siguientes a los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre.
- Imprimir las respectivas constancias y publicarlas en un lugar visible de la obra.
- Reportar la finalización de la obra en el aplicativo informático, consignando la fecha de finalización; en el caso de las contratistas y subcontratistas, deben reportar de modo previo la finalización de su participación en la ejecución de la obra; la fecha inicialmente estimada de finalización de la obra puede modificarse hasta antes de su vencimiento, en la última actualización correspondiente.
Aquellos que se encuentren ejecutando obras de construcción civil sin la inscripción respectiva, pueden excepcionalmente regularizar su registro en un plazo no mayor de 15 días hábiles, debiendo consignar la fecha de inicio de ejecución de la obra o de su participación en ella.
El incumplimiento de esta inscripción, la declaración de participación, actualización de información o reporte de finalización de la obra, dentro de los plazos establecidos constituyen una infracción leve, conforme al Reglamento de Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo.
Asimismo, al derogar el Decreto Supremo 008-2013-TR, que aprobaba el anterior reglamento sobre este registro, se dispone que las obras de construcción que fueron inscritas bajo la vigencia de esta norma anterior y que se estén ejecutando, migren bajo la regulación de este nuevo reglamento conservando su inscripción.
Para acceder a la plataforma del RENOCC – inscripción y actualización de información – ingresa aquí: https://www.sunat.gob.pe/xssecurity/SignOnVerification.htm?signonForwardAction=https://appweb.trabajo.gob.pe/si.renocc/index.jsp