MONITOREO Y ANÁLISIS DE EFLUENTES

julio, 2019 Electricidad

Los efluentes son todas aquellas descargas líquidas generadas en una determinada actividad, en este caso del proceso productivo de generación, transmisión y distribución de energía eléctrica, el OEFA es el encargado de fiscalizar el cumplimiento de los Límites Máximos Permisibles, antes de que el efluente sea descargado a un cuerpo receptor (río, lago, laguna, mar, entre otros).

La norma que regula los niveles máximos permisibles para efluentes líquidos producto de la actividad de energía eléctrica, exige que los responsables de estas actividades están obligados a efectuar el muestreo de los efluentes y sus análisis químicos con una frecuencia determinada, según corresponda; el OEFA tipifica como infracciones pasibles de amonestaciones y multas, el incumplimiento de este tipo de disposiciones, concordante con las facultades sancionadoras de la normatividad de concesiones eléctricas, tendiendo conductas infractoras sobre monitoreo de efluentes las siguientes:

  

Infracciones por incumplimiento de Monitoreo y Análisis  de Efluentes

Conducta Infractora Clasificación de la Infracción

Sanción o medida

No presentar al OEFA los reportes de muestreo de los efluentes y su análisis químico estos reportes corresponden a los trimestres que concluyen en los meses de marzo, junio, setiembre y diciembre y serán presentados el último día hábil del mes siguiente al trimestre vencido al OEFA; por duplicado en forma impresa y en medio magnético. LEVE Desde una amonestación hasta la imposición de una multa de hasta 100 UIT, equivalente a S/. 420, 000.00
No contar con Registro de Muestreos y sus resultados analíticos, conforme a los datos requeridos en el Anexo 3, de la resolución que aprueba los límites máximos permisibles para efluentes, líquidos producto de las actividades de generación, Transmisión y distribución de energía eléctrica.  

LEVE

Desde una amonestación hasta la imposición de una multa de hasta 100 UIT, equivalente a S/. 420, 000.00.
No efectuar el muestreo y análisis de los efluentes mensualmente. GRAVE con la imposición de una multa desde 2 UIT hasta 100 UIT, equivalentes a los montos de S/. 8,400.00 a S/. 420, 000.00.